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Article 1.2.1.3.2

Personas Jurídicas De Derecho Privado

Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Personas jurídicas de derecho privado. Para efectos del presente Decreto, se denomina persona jurídica de derecho privado cualquier persona jurídica constituida con arreglo a la ley civil o comercial, cualquiera que sea la denominación u organización que adopte, que tenga dentro de su objeto social y acredite experiencia relacionada con la formulación y estructuración de proyectos de inversión y experiencia específica sobre el tipo de proyecto objeto de formulación y estructuración, con cargo a cualquier fuente de financiamiento de carácter público, privado o de cooperación.

Parágrafo

La experiencia relacionada con la formulación y estructuración de proyectos de inversión debe corresponder a un período no inferior a cinco (5) años y debe acreditarse con certificaciones expedidas por la autoridad o entidad que contrató o recibió a satisfacción la formulación y estructuración de los proyectos y que esté reportada en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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