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Article 71

Negación Del Trato Arancelario Preferencial

Decreto 730 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Negación del trato arancelario preferencial . La DIAN podrá negar el trato arancelario preferencial a una mercancía importada, cuando: a) si el importador no cumplió con cualquiera de los requisitos previstos en el presente decreto o en el Acuerdo. b) el exportador, productor o importador no responda a una solicitud escrita de información o cuestionario, dentro de los 30 días calendario siguientes a la notificación de la solicitud; c) después de recibir una notificación escrita de la visita de verificación que Colombia y los Estados Unidos hayan acordado, el exportador o el productor no otorgue su consentimiento por escrito para la realización de la misma dentro de los 30 días calendario siguientes; d) se encuentre un patrón de conducta que indique que un importador, exportador o productor ha presentado declaraciones o certificaciones falsas o infundadas en el sentido de que una mercancía importada a su territorio es originaria. Cuando la DIAN determine mediante una verificación, que un importador, exportador o productor ha incurrido en un patrón de conducta al proporcionar declaraciones, afirmaciones o certificaciones de que una mercancía importada en su territorio es originaria, de manera falsa o infundada, podrá suspender el trato arancelario preferencial a las mercancías idénticas cubiertas por afirmaciones, certificaciones o declaraciones subsecuentes hechas por ese importador, exportador o productor, hasta que la DIAN determine que el importador, exportador o productor cumple con las reglas establecidas en el presente decreto y el Capítulo IV.

Parágrafo

Los plazos a los que se refiere el literal b) y c) del presente artículo, podrán ser prorrogados hasta por un término de 30 días calendario adicionales, previa solicitud justificada del interesado.

02

Constitutional history

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