Los Agentes Municipales tienen la obligación de enviar en los cinco primeros días de cada mes, su cuenta a los Subsíndicos, éstos a los Síndicos las suyas en los diez primeros días y los últimos a la Corte de Cuentas dentro del mes siguiente al que corresponda la cuenta, de acuerdo con los artículos 337 y 338 del Código Fiscal.
Article 13
Los Agentes Municipales Tienen La Obligación De Enviar En Los Cinco Primeros Días De Cada Mes, Su Cuenta A Los Subsíndicos, Éstos A Los Síndicos Las Suyas En Los Diez Primeros Días Y Los Últimos A La Corte De Cuentas Dentro Del Mes Siguiente Al Que Corresponda La Cuenta, De Acuerdo Con Los Artículos 337 Y 338 Del Código Fiscal
Decreto 994 de 1921 · Por el cual se dispone la manera como los Síndicos, Subsíndicos y Agentes de Lazaretos, deben comprobar y rendir las cuentas de que son responsables
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Constitutional history
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