La nacionalidad de las aeronaves se regulará en la forma siguiente:
1ª La nacionalidad de una aeronave será la del ultimo país en donde haya sido matriculada.
2ª Las aeronaves matriculadas en otro país podrán adquirir matrícula Colombiana.
3ª No es admisible la coexistencia de dos o más matrículas con relación a una misma aeronave.
4ª Es Colombiana toda aeronave inscrita en el registro Aeronáutico nacional.