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Article 8

El Papel Sellado Tendrá Treinta Y Dos Centímetros De Largo Y Veintidós De Ancho; Ó Veintiocho Centímetros De Largo Por Veintitrés Y Medio De Ancho; Llevará En El Sello El Escudo De Armas De La Nación Y Expresara En Letras Y Números Del Periodo De Tiempo Durante El Cual Su Uso Es Legal, Y El Valor De La Hoja, Y Será De Buena Calidad

Decreto 32 de 1906 · Sobre impuesto de timbre nacional

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Text of the article

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°. El papel sellado tendrá treinta y dos centímetros de largo y veintidós de ancho; ó veintiocho centímetros de largo por veintitrés y medio de ancho; llevará en el sello el escudo de armas de la Nación y expresara en letras y números del periodo de tiempo durante el cual su uso es legal, y el valor de la hoja, y será de buena calidad. Llevará dos líneas longitudinales para formar margen: el del lado del lomo tendrá tres centímetros, y el de la orilla dos centímetros. Entre las dos líneas longitudinales tendrá líneas trasversales para la escritura, distantes una de otra ocho milímetros, dejando arriba y abajo, esto es, antes de la primera línea transversal y después de la última, un espacio en blanco de dos centímetros de ancho.

02

Constitutional history

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