De conformidad con lo dispuesto por el Estatuto Penal Aduanero, el Fondo Rotatorio de la Dirección General de Aduanas procederá a enajenar directamente al Federación Nacional de Cafeteros, por conducto de los Almacenes Generales de Depósito de Café S. A. -Almacafé- el grano decomisado, al precio determinado conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del presente Decreto. De esta venta se elaborará un acta suscrita por los siguientes funcionarios: -El Almacenista del Fondo Rotatorio. -El Gerente Seccional de Almacafé S. A. -El funcionario de la Contraloría General de la República ante Almacafé. Esta acta se elaborará en original y cinco copias: el original para el Almacenista del Fondo Rotatorio de la Aduana que hace la entrega. Las demás serán distribuidas así: la primera para la Seccional de Almacafé, la segunda para el Comando General de las Fuerzas Militares, la tercera para la Contraloría General de la República, la cuarta para el Gerente General de Almacafé, y la quinta para el Gerente General del Fondo Rotatorio de la Aduana.
Decreto 129 de 1977 →In force
Article 21
De Conformidad Con Lo Dispuesto Por El Estatuto Penal Aduanero, El Fondo Rotatorio De La Dirección General De Aduanas Procederá A Enajenar Directamente Al Federación Nacional De Cafeteros, Por Conducto De Los Almacenes Generales De Depósito De Café S
Decreto 129 de 1977 · Por el cual se dictan medidas para prevenir el contrabando de exportación de café
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01
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02
Constitutional history
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