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Article 10

Decreto 372 de 1996 · Por el cual se establece la estructura interna del Ministerio del Interior, se determinan sus funciones y se dictan disposiciones complementarias

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01

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Son funciones de la Oficina de Comunicación y Prensa las siguientes

a)

Manejar la imagen institucional, la divulgación y el diseño de programas y esquemas de diversos géneros de información para todos los medios;

b)

Actualizar ficheros de periodistas y medios de prensa y registrar en ellos los despachos periódicos;

c)

Seleccionar datos e información pública de interés para la entidad y hacerlos conocer internamente;

d)

Coordinar todo lo pertinente al Centro de Documentación;

e)

Responder por el archivo de audio, video e impresos;

f)

Coordinar con los funcionarios del Ministerio debidamente autorizados, la atención a los medios de comunicación;

g)

Prestar servicios de información a entidades y particulares a nivel internacional, nacional y regional de las actividades que tengan que ver con el Sector del Interior;

h)

Diseñar programas de información institucional;

i)

Monitorear los medios masivos de comunicación (radio, prensa, revistas, documentos, T.V.) sobre aspectos que interesen al Ministerio;

j)

Coordinar y asesorar a las diferentes dependencias en las actividades a realizar mediante ayudas audiovisuales;

k)

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia. Las funciones señaladas a esta Oficina se prestarán en común a todas las dependencias del Ministerio y a las entidades adscritas y vinculadas que autorice el Ministro. 2º. Despacho del Viceministro

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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