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Article 4

Ley 1 de 1974 · Orgánica de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores y por la cual se dictan otras disposiciones relacionadas con el Servicio Exterior

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01

Text of the article

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El concepto de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores versar principalmente sobre los siguientes asuntos:

a)

Negociaciones diplomáticas y celebración de tratados públicos;

b)

Programas de las Conferencias Internacionales e instrucciones que deban darse a los representantes del país en tales Conferencias;

c)

Proyectos de ley sobre las materias relacionadas con el Ramo de Relaciones Exteriores;

d)

Limites terrestres y marítimos, espacio aéreo, mar territorial y zona contigua y plataforma continental, y e) Declaratoria de guerra, medidas para la seguridad exterior de la República y Tratados de Paz.

Parágrafo 1

La Comisión Asesora actuar como Comisión permanente para la Codificación del Derecho Internacional, y, as¡ mismo, preparar proyectos de ley sobre materias internacionales y servicio exterior, a solicitud del Gobierno.

Parágrafo 2

Para el estudio y consideración de los puntos a que se refieren los ordinales d) y e) de este artículo la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores deber oír al Ministro de la Defensa Nacional o a otro miembro de las Fuerzas Armadas en servicio activo que éste designe.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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