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Article 18

El Secretario Llevará Los Siguientes Libros: A) El De Actas De Las Sesiones

Decreto 586 de 1934 · Por el cual se reglamenta la Ley 45 de 1933

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01

Text of the article

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El Secretario llevará los siguientes libros

a)

El de actas de las sesiones. Las actas se extenderán y aprobarán el mismo día de la sesión y serán autorizadas con las firmas del Presidente y demás miembros de la Junta Directiva, las que autenticará el Secretario.

b)

El radicador de todos los asuntos que entren al conocimiento de la Junta Directiva.

c)

El copiador de las resoluciones que se adopten por la Junta Directiva.

d)

Un libro índice de todos los empleados y obreros de la Imprenta Nacional favorecidos con algún auxilio o recompensa; y

e)

Los demás que se considere conveniente abrir para el correcto desempeño de sus labores.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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