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Article 2

Ley 12 de 1949 · Sobre plan vial y planificación de ferrocarriles, carreteras, caminos y pavimentación de carreteras

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Las vías deben estudiarse teniendo en cuenta sus condiciones topográficas y sus condiciones económicas. Los estudios topográficos serán hechos para las carreteras con las especificaciones que correspondan a la vía definitiva; pero pueden ser construidas con especificaciones menores dentro de las primeras etapas, de acuerdo con los estudios económicos, los cuales deben comprender:

a)

Urgencias o tiempo dentro del cual debe ser construida la vía;

b)

Suma mínima fija disponible anualmente para su construcción;

c)

Tránsito probable según los factores económicos de la región atravesada;

d)

capacidad de transporte requerido para un tiempo determinado;

e)

Características de los vehículos que deban transitarla, y

f)

Ancho que deba darse a la vía.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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