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Article 11

Decreto 45 de 2000 · Por medio del cual se reestructuran los servicios asistenciales en salud del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Patrimonio. El patrimonio y recursos en salud del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República estará conformado por

a)

Lo bienes muebles e inmuebles, enseres, equipos, laboratorios e instalaciones que posee actualmente;

b)

Las Unidades de Pago por Capitación, UPC, reconocidas por el Sistema de Seguridad Social en Salud al Fondo de Previsión Social del Congreso de la República por cada uno de sus afiliados;

c)

Los aportes de los empleados, diferentes a las cotizaciones obligatorias, para el fínanciamiento de los planes adicionales de salud;

d)

El producto de la venta de servicios;

e)

Los recursos provenientes de los rendimientos financieros, excedentes financieros y los demás que se adquieran o sean transferidos al Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, a cualquier título de acuerdo con las normas legales que rijan para el Sistema General de Seguridad Social en Salud;

f)

Los demás ingresos y recursos que le hayan sido o le sean reconocidos por ley.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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