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Article 180

Decreto 2700 de 1991 · por el cual se expiden las normas de Procedimiento Penal.

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01

Text of the article

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ARTICULO 180 . Redacción de la sentencia . Toda sentencia contendrá

1.

Un resumen de los hechos investigados.

2.

La identidad o individualización del procesado.

3.

Un resumen de la acusación y de los alegatos presentados por los sujetos procesales.

4.

El análisis de los alegatos y la valoración jurídica de las pruebas en que ha de fundarse la decisión.

5.

La calificación jurídica de los hechos y de la situación del procesado.

6.

Los fundamentos jurídicos relacionados con la indemnización de perjuicios.

7.

La condena a las penas principal y accesorias que correspondan, o la absolución.

8.

La condena en concreto al pago de perjuicios si a ello hubiere lugar.

9.

La suspensión condicional de la sentencia, si fuere procedente. La parte resolutiva de las sentencias estará precedida de las siguientes palabras: Administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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