La Firma Electrónica implementada por la UAE DIAN es confiable para cumplir con las obligaciones y operaciones ante la entidad en virtud del artículo 4o del Decreto 2364 de 2012, dado que los datos de creación de la Firma Electrónica corresponden exclusivamente al suscriptor del Instrumento de Firma Electrónica - IFE y la entidad puede detectar cualquier alteración no autorizada después del momento de la firma.
(Artículo 7o, Resolución 56 de 2021)