Organos de Asesoría y Coordinación. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, la Comisión de Personal y demás órganos de asesoría y coordinación que se organicen e integren, cumplirán sus funciones de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley 87 de 1993, las funciones relacionadas con la oficina de control interno serán ejercidas por terceros de reconocida idoneidad escogidos de acuerdo con un concurso de méritos.