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Article 67

Prima De Gastos De Representación

Decreto 2337 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

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01

Text of the article

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Prima de Gastos de Representación. Los Oficiales Generales y los Oficiales de Insignia de la Armada, en servicio activo, tendrán derecho a una prima mensual de Estado Mayor correspondiente al veinte por ciento (20%) del sueldo básico.

Parágrafo

Igualmente tiene derecho a los Gastos de Representación de que trata este artículo, los Oficiales cuando no sean Generales que desempeñen cargos de Comandantes de Brigada, de Fuerza Naval del Atlántico, Director de la Escuela Superior de Guerra y Directores de las Escuelas de Formación de Oficiales. El personal a que se refiere este

Parágrafo

no tendrá derecho al cómputo de los gastos de Representación en la asignación de retiro o pensión más prestaciones sociales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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