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Article 6

Decreto 1205 de 1969 · por el cual se aumenta el aporte del Gobierno Nacional al capital del Instituto de Fomento Industrial, se convierten en deuda pública los pasivos del Gobierno Nacional con el Banco de la República por concepto de la concesión de salinas y se dan unas autorizaciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo Sexto. Autorizase a los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Minas y petróleos, para celebrar con el Instituto de Fomento Industrial un contrato de concesión para la explotación de las salinas terrestres y marítimas, con el objeto de que el Instituto de Fomento Industrial tome a su cargo todas las funciones actividades y obligaciones que el Banco de la República desarrolla y tiene hoy como concesionario de la Nación en la misma explotación,. La Concesión que será otorgada al Instituto de Fomento Industrial, será explotada por éste con autonomía, y su planta administrativa será independiente de la del mismo Instituto, en tal forma que la administración de la Concesión, su contabilidad y tesorería funcionen independiente y separadamente del Instituto

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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