JurídicoESEN

Article 3

Ley 85 de 1922 · Que reforma las que reglamentan el ejercicio de la profesión médica y sus auxiliares

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los médicos extranjeros que posean diplomas expedidos en el Exterior, podrán ejercer la medicina o sus auxiliares en Colombia, siempre que exhiban su titulo académico refrendado por un Agente Diplomático o Consular de la Republica en el país de la procedencia del título, que acrediten su identidad personal y que se sometan a un examen teórico y practico ante la Junta examinadora que se crea por la presente Ley, y con las condiciones que se establecen en seguida:

En la capital de los Departamentos en donde funcionare Facultad de Medicina, habrá una Junta compuesta por el Gobernador del Departamento, el Director de Instrucción Publica, el Director Departamental de Higiene, y dos médicos designados por el Consejo Directivo de la Facultad de Medicina, ante la cual presentaran sus solicitudes para poder ejercer en Colombia los médicos diplomados en el Exterior. Serán Presidente y Secretario de dicha Junta, el Gobernador y el Director de Instrucción Pública.

Cerciorada la Junta de la identidad personal del postulante y de que su titulo se halla revestido de las formalidades legales, admitirá a examen al médico extranjero. Del resultado del examen se dejara constancia en un acta, y si fuere aprobado, el Presidente y Secretario de la Junta expedirán el permiso del caso para ejercer la medicina en cualquier parte del país, permiso autenticado con la firma de los facultativos que hubieren intervenido en el examen.

Parágrafo

Las materias sobre que debe versar el examen y la forma en que este ha de rendirse, serán determinadas por la Academia de Medicina de Bogotá con aprobación del Ministerio de Instrucción Pública, y el examen será presentado en castellano.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 85 de 1922