De la participación de consultaría extranjera. La participación de consultoría extranjera en un contrato de consultoría requerirá de la autorización previa impartida por el Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo, Fonade. Para efectos del presente artículo, la entidad contratante enviará, al Fonade junto con la correspondiente; solicitud de autorización, la información detallada del contrato que pretende celebrar en lo relacionado con el objetó, magnitud y términos de la referencia y las condiciones de la participación de la consultaría o asesoría extranjera solicitada. Fonade, decidirá dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud, si otorga o niega la autorización solicitada y en qué condiciones.
Decreto 3550 de 1982 →In force
Article 24
Decreto 3550 de 1982 · Por el cual se dictan normas sobre protección al trabajo y a la industria nacionales
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.