La Caja queda autorizada para adelantar y llevar a termino, bien directamente o por intermedio del Instituto de Crédito Territorial o cualquiera otra entidad que preste los mismos servicios, planes de edificación de casas para sus afiliados. Para la realización de estos planes, la Caja destinara los dineros provenientes de la venta de los edificios y terrenos que ocupa la Escuela de Policía "General Santander", y podrá en el futuro destinar para el mismo fin, el producto de la venta de otros bienes. Los afiliados podrán garantizar con sus prestaciones sociales las deudas provenientes de la adjudicación de casas.
Decreto 981 de 1946 →In force
Article 39
La Caja Queda Autorizada Para Adelantar Y Llevar A Termino, Bien Directamente O Por Intermedio Del Instituto De Crédito Territorial O Cualquiera Otra Entidad Que Preste Los Mismos Servicios, Planes De Edificación De Casas Para Sus Afiliados
Decreto 981 de 1946 · Por el cual se reorganiza la Caja de Protección Social de la Policía Nacional
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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