EFECTOS LEGALES DEL COMPROMISO DE PAGO. El Compromiso de Pago producirá principalmente, los siguientes efectos legales: 1º Las obligaciones originadas en los Seguros Sociales, se extinguen una vez sean cancelados los valores representados en el Compromiso de Pago y en su garantía. 2º No produce él ni la garantía que se hubiere otorgado novación de la deuda. 3º Las prestaciones económicas por los seguros de Invalidez, Vejez, Muerte, Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional, se causarán en la medida en que se cubran los aportes a que por los Reglamentos está condicionada dicha causación. 4º Las prestaciones por Enfermedad General y Maternidad, se otorgarán en ha medida en que se cancelen, junto con los ciclos financiados, los aportes que se vayan causando a partir de la suscripción del Compromiso de Pago.
Decreto 2665 de 1988 →In force
Article 93
Decreto 2665 de 1988 · Por el cual se expide el Reglamento General de Sanciones, Cobranzas y Procedimientos del Instituto de Seguros Sociales
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.