º . La Comisión de Vecindad estará conformada por representantes del sector público y del sector privado. Harán parte de la Comisión, por el sector público, los siguientes funcionarios: El Ministro de Comercio Industria y Turismo o su delegado. El Ministro de Comunicaciones o su delegado. El Ministro de Transporte o su delegado. El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o su delegado. El Presidente del Banco de Comercio Exterior de Colombia, S. A., Bancoldex, o su delegado. Dos representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores: El Director de asuntos Bilaterales y Regionales y el Director de Integración y Desarrollo Fronterizo. Por el sector privado, harán parte los siguientes directivos: El Presidente de la Asociación Nacional de Industriales, ANDI. El Presidente de la Federación Nacional de Comerciantes, Fenalco. El Presidente de la Asociación Nacional de Exportadores, Analdex. El Presidente de la Asociación Nacional de Pequeños Industriales, Acopi. El Presidente de la Asociación Bancaria de Colombia, Asobancaria. Los doctores Andrés Restrepo Londoño, Isaías Chala Ibarguen, José Vicente Mogollón, Juan Emilio Posada, Gabriel Harry Hinestroza, Carlos Zárate, William Halaby Córdoba, Eugenio Prieto Soto, Vanessa Alexandra Mendoza. El Embajador de Colombia ante el Gobierno de Panamá podrá ser invitado a la Comisión, de considerarse necesaria su participación.
Decreto 983 de 2003 →In force
Article 4
Decreto 983 de 2003 · por medio del cual se crea la Comisión de Vecindad Colombo-Panameña y se designan sus miembros por parte de Colombia.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.