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Article 190

Decreto 96 de 1989 · Por el cual se reforma el estatuto de carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

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01

Text of the article

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INDEMNIZACION POR DISMINUCION DE LA CAPACIDAD SICOFISICA. Los Alféreces y Cadetes de la Escuela de Cadetes de Policía "General Santander" y los alumnos par incorporación directa de la Escuela de Formación de Suboficiales que sean retirados por disminución de la capacidad sicofísica adquirida en actos del servicio, tendrán derecho a que el Tesoro Público les pague, por una sola vez, una indemnización de acuerdo con las normas del Reglamento de Incapacidades, Invalideces e Indemnizaciones de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, así

a)

Alféreces, la correspondiente al cincuenta por ciento (50%) del sueldo básico de un Subteniente.

b)

Cadetes, la correspondiente al treinta por ciento (30%) del sueldo básico de un Subteniente.

c)

Alumnos por incorporación directa de la Escuela de Suboficiales, correspondiente al treinta por ciento (30%) del sueldo básico de un Cabo Segundo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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