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Article 41

Destinación De Los Recursos De Las Asignaciones Direc­tas

Ley 2056 de 2020 · por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías.

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Text of the article

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Los recursos de las Asignaciones Directas de que trata el artículo 361 de la Constitución Política y el numeral primero del artículo 22 de la presente ley, se destinarán a la financiación o cofinanciación de pro­yectos de inversión para el desarrollo social, económico y ambiental de las entidades territoriales, conforme con sus competencias y evitando la duplicidad de inversiones entre los niveles de gobierno.

Con los recursos de regalías y compensaciones no se financiarán gastos de funcionamiento, ni programas de reestructuración de pasivos o de saneamiento fiscal y financiero. No obstante, las entidades bene­ficiarias podrán destinarlos para lo previsto en el parágrafo del artículo 5° de la Ley 1797 de 2016.

Los recursos a que hace referencia el presente artículo solamente podrán ser objeto de pignoración o servir de fuente de pago para opera­ciones de crédito público adquiridas por las entidades territoriales, para financiar proyectos de inversión de las entidades territoriales, según las reglas y condiciones que establezcan las normas que reglamenten la materia.

02

Constitutional history

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