Cuando por necesidades del servicio, los empleados públicos deban laborar en días dominicales o festivos, deberá otorgarse descanso compensatorio, o pago con recargo del ciento por cielito.
Article 22
Cuando Por Necesidades Del Servicio, Los Empleados Públicos Deban Laborar En Días Dominicales O Festivos, Deberá Otorgarse Descanso Compensatorio, O Pago Con Recargo Del Ciento Por Cielito
Decreto 540 de 1977 · Por el cual se fija la escala de remuneración correspondiente a las distintas categorías de empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales del orden nacional, y se dictan otras disposiciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.