La fijación o reajuste de tarifas de los servicios que presten las empresas descentralizadas del Distrito solamente requerirán para su validez y vigencia, la aprobación de la Junta Directiva de la respectiva empresa, con el voto favorable del Alcalde, y la revisión o aprobación cuando se requiera, por parte de los organismos nacionales competentes.
Article 52
La Fijación O Reajuste De Tarifas De Los Servicios Que Presten Las Empresas Descentralizadas Del Distrito Solamente Requerirán Para Su Validez Y Vigencia, La Aprobación De La Junta Directiva De La Respectiva Empresa, Con El Voto Favorable Del Alcalde, Y La Revisión O Aprobación Cuando Se Requiera, Por Parte De Los Organismos Nacionales Competentes
Decreto 3133 de 1968 · por el cual se reforma la organización administrativa del Distrito Especial de Bogotá.
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