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Article 7

Oportunidad Para La Consignación De La Sobretasa Por Las Entidades Administradoras De Los Peajes

Decreto 1100 de 2003 · por el cual se reglamenta el artículo 117 de la Ley 788 de diciembre de 2002.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Oportunidad para la consignación de la sobretasa por las entidades administradoras de los peajes. Los recursos reportados mensualmente deberán se r consignados dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento del trimestre, contado a partir del último día del mes reportado.

Parágrafo

Las entidades administradoras de los peajes deberán enviar copia al carbón o los soportes de la respectiva consignación al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial - Dirección de Planeación e Información y Coordinación Regional o a la autoridad ambiental distrital, según el caso, identificando la caseta en la cual se efectuó el recaudo respectivo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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