Una vez agotada la investigación el Prefecto remitirá el sumario en todo caso al Gobernador respectivo, para que éste conozca del asunto si fuere de su competencia, ó la remita al Ministerio de Guerra ó a la Comisaría Judicial si fuere alguna de estas entidades la que debiere de conocer del asunto, según lo determinado en la Ley 13 del año en curso.
Article 3
Una Vez Agotada La Investigación El Prefecto Remitirá El Sumario En Todo Caso Al Gobernador Respectivo, Para Que Éste Conozca Del Asunto Si Fuere De Su Competencia, Ó La Remita Al Ministerio De Guerra Ó A La Comisaría Judicial Si Fuere Alguna De Estas Entidades La Que Debiere De Conocer Del Asunto, Según Lo Determinado En La Ley 13 Del Año En Curso
Decreto 1281 de 1908 · Por el cual se reglamenta el modo de proceder en la investigación de los delitos de que trata la Ley 18 de 1908, y las demás relativas al orden público
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