°. Autorización de las misiones de inteligencia y contrainteligencia. Están autorizados para emitir una orden de operaciones o una misión de trabajo para el desarrollo de operaciones básicas o especializadas, los Directores o Jefes de los organismos de inteligencia y contrainteligencia y quienes estén autorizados en los respectivos manuales de cada uno de los organismos señalados en el artículo 1° del presente decreto, en concordancia con el contenido del artículo 3° de la Ley 1288 del 5 de marzo de 2009.
Decreto 3600 de 2009 →In force
Article 6
Autorización De Las Misiones De Inteligencia Y Contrainteligencia
Decreto 3600 de 2009 · por el cual se reglamenta la Ley 1288 de 2009, “por medio de la cual se expiden normas para fortalecer el marco legal que permite a los organismos, que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia, cumplir con su misión constitucional y legal, y se dictan otras disposiciones”.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.