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Article 1

Ley 96 de 1914 · por la cual se señala la jurisdicción en los juicios por contrabando a las rentas nacionales

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Para el conocimiento en primera instancia de las causas por fraude a la renta de aduanas y a la de Salinas marítimas, estableciese Jueces de Rentas.

Funcionará uno en Barranquilla, con jurisdicción en la Costa Atlántica, y otro en Buenaventura, con jurisdicción en la del Pacífico.

Los Jueces de Rentas pueden ejercer el cargo en cualquier parte del territorio de su jurisdicción, según lo exijan las necesidades y circunstancias para el juzgamiento de los contrabandos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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