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Article 9

º

Decreto 2322 de 1965 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre régimen de cambios internacionales y comercio exterior

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01

Text of the article

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º. Corresponde a la Junta Monetaria

a)

Elaborar periódicamente y aprobar los presupuestos de ingresos y egresos de divisas del país, con indicación de su distribución entre los mercados preferencial e intermedio y de las cantidades correspondientes a cada una de las cuentas que forman la balanza de pagos, y

b)

Autorizar o aprobar los sistemas y operaciones de compra y venta de divisas extranjeras por el Banco de la República y de financiación de reservas internacionales, no contempladas en este Decreto.

Parágrafo

Para la elaboración de los presupuestos de divisas de que trata el ordinal a), la Junta tendrá en cuenta los ingresos y egresos de cambio exterior previsibles en el respectivo período, las cantidades necesarias para el pago puntual de las obligaciones externas del país y las sumas necesarias para lograr y mantener un nivel adecuado de reservas internacionales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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