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Article 6

Facúltase Al Señor Gobernador Del Departamento Del Cauca Para Nombrar, De Acuerdo Con El Inspector De Las Rentas Nacionales En El Mismo Departamento, El Jefe Y Los Vigilantes Ó Celadores Que Han De Componer El Resguardo De San Pablo

Decreto 669 de 1908 · Por el cual se dictan medidas tendientes a evitar que las mercancías que se introduzcan por la Aduana de Tumaco traspasen los límites del Departamento de Nariño con el del Cauca, y se hace un nombramiento

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01

Text of the article

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°. Facúltase al señor Gobernador del Departamento del Cauca para nombrar, de acuerdo con el Inspector de las Rentas nacionales en el mismo Departamento, el Jefe y los vigilantes ó celadores que han de componer el Resguardo de San Pablo. El Decreto de nombramientos que haga el señor Gobernador, en uso de la autorización que aquí se le confiere, lo mismo que las variaciones que posteriormente disponga en el personal del Resguardo de San Pablo, deberán ser sometidas á la aprobación del Ministerio de Hacienda y Tesoro.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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