°. Facúltase al señor Gobernador del Departamento del Cauca para nombrar, de acuerdo con el Inspector de las Rentas nacionales en el mismo Departamento, el Jefe y los vigilantes ó celadores que han de componer el Resguardo de San Pablo. El Decreto de nombramientos que haga el señor Gobernador, en uso de la autorización que aquí se le confiere, lo mismo que las variaciones que posteriormente disponga en el personal del Resguardo de San Pablo, deberán ser sometidas á la aprobación del Ministerio de Hacienda y Tesoro.
Article 6
Facúltase Al Señor Gobernador Del Departamento Del Cauca Para Nombrar, De Acuerdo Con El Inspector De Las Rentas Nacionales En El Mismo Departamento, El Jefe Y Los Vigilantes Ó Celadores Que Han De Componer El Resguardo De San Pablo
Decreto 669 de 1908 · Por el cual se dictan medidas tendientes a evitar que las mercancías que se introduzcan por la Aduana de Tumaco traspasen los límites del Departamento de Nariño con el del Cauca, y se hace un nombramiento
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