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Article 18

Derechos Por Importaciones Masivas O Incumplimientos

Decreto 150 de 1993 · por el cual se regulan las disposiciones sobre los derechos “antidumping” y “compensatorios”.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Derechos por importaciones masivas o incumplimientos. El Ministerio de Comercio Exterior podrá ordenar la aplicación de derechos definitivos, así

1.

Cuando se trate de importaciones masivas objeto de “dumping” o con subvenciones a la exportación a las que se refiere el artículo 13 del presente Decreto, despachadas para consumo 90 días antes de la fecha de imposición de los derechos provisionales, pero en ningún caso antes de la fecha de la publicación de la resolución de apertura de la investigación en los casos de “dumping”, o antes de la fecha de la invitación a celebrar las consultas a que se refiere el artículo 28 del presente Decreto.

2.

Cuando se presenten incumplimientos en las manifestaciones de intención que se hubieren aceptado conforme a lo previsto en el artículo 14 del presente Decreto sobre las importaciones despachadas para consumo en los 90 días anteriores a la fecha del establecimiento de los derechos provisionales, pero en ningún caso antes del incumplimiento.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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