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Article 2

Ley 35 de 1944 · Por la cual se provee a la liquidación del Presupuesto de Rentas y Apropiaciones de 1945, se autorizan unas operaciones financieras y se dictan otras disposiciones fiscales

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01

Text of the article

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º. Con el objeto de saldar el déficit fiscal que arroje la ejecución del Presupuesto ordinario a que se refiere el artículo anterior, autorízase al Gobierno Nacional para emitir documentos de deuda pública interna hasta por la cantidad de cincuenta millones de pesos ($ 50.000.000) en títulos nominativos o al portador, con un interés no mayor del seis por ciento (6%) anual y un plazo para su amortización gradual hasta de treinta (30) años.

Parágrafo 1

En monto efectivo de la emisión que se autoriza en este artículo, no podrá exceder de la diferencia entre el recaudo efectivo de las rentas ordinarias de 1945 y el valor del Presupuesto de gastos ordinarios para la misma vigencia fiscal.

Parágrafo 2

Autorízase al Gobierno para dictar las providencias que fueren necesarias a fin de asegurar la suscripción y colocación del empréstito en documentos de deuda pública interna de que trata este artículo, garantizar adecuadamente su servicio de amortización e intereses, y para celebrar operaciones de crédito interno o externo con el carácter de avances a corto plazo, renovables, para ser cubiertos con el producto de las emisiones de los mismos bonos y para celebrar con el Banco de la República las convenciones lo contratos necesarios a fin de obtener la unificación del servicio, intereses y amortización de la deuda interna nacional por concepto de emisiones de bonos o documentos de crédito destinados al equilibrio del Presupuesto en las vigenciad fiscales de 1942 a 1945, inclusive, prometiendo para ello los recursos especiales creados por la Ley 45 de 1942 , por el Decreto número 2233 de 1944 y los que por la presente Ley se arbitran.

02

Constitutional history

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