°. El Gobierno procederá, conforme a las disposiciones legales vigentes a asignar el personal que deba ocupar los cargos que se establecen por el presente Decreto, y los empleados que estando al servicio del Ministerio de Obras Públicas fueren nombrados en dichos cargos, no requieren llenar otra formalidad para la posesión que la firma del acta respectiva y el pago del impuesto de timbre nacional correspondiente a la diferencia de remuneración.
Article 2
El Gobierno Procederá, Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes A Asignar El Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establecen Por El Presente Decreto, Y Los Empleados Que Estando Al Servicio Del Ministerio De Obras Públicas Fueren Nombrados En Dichos Cargos, No Requieren Llenar Otra Formalidad Para La Posesión Que La Firma Del Acta Respectiva Y El Pago Del Impuesto De Timbre Nacional Correspondiente A La Diferencia De Remuneración
Decreto 2284 de 1971 · Por el cual se determina la planta de personal del Ministerio de Obras Públicas
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