º. Faltas administrativas y sanciones . En el evento que se llegaren a presentar infracciones a la legislación aduanera por parte de una sociedad inscrita como usuario aduanero permanente, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá imponer sanciones, según la gravedad de la infracción, conforme al régimen sancionatorio que expedirá el Gobierno Nacional. Estas sanciones podrán llegar hasta el doscientos por ciento (200%) del valor FOB de las mercancías objeto de cada operación particular o la cancelación de la inscripción de la sociedad como usuario aduanero permanente, evento en el cual no podrá solicitarse nuevamente la inscripción antes de transcurridos dos (2) años, contados desde su imposición.
Decreto 197 de 1995 →In force
Article 7
º
Decreto 197 de 1995 · por el cual se establecen los mecanismos para el desarrollo de las actividades de los usuarios aduaneros permanentes y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.