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Article 1

Decreto 1824 de 2001 · por el cual se dictan unas disposiciones relacionadas con la actividad de los operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Los operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones en desarrollo de sus actividades, deberán observar las siguientes reglas

1.

Asesorar en forma profesional a los clientes en la organización de congresos, ferias, convenciones y demás eventos propios de su actividad.

2.

Gerenciar los eventos propios y de terceros en sus etapas de planeación, promoción y realización.

3.

Garantizar a los usuarios de los servicios contratados por los clientes las condiciones de seguridad que se requieran durante el desarrollo de los eventos.

4.

Establecer programas de capacitación relacionados con la prestación del servicio, para un mejor ejercicio de su actividad profesional.

5.

Prestar atención y asistencia profesional a los clientes y a los participantes de los eventos.

6.

Asesorar profesionalmente a los clientes sobre las alternativas más convenientes en materia de contratación, comercialización y en general en todo lo relacionado con el desarrollo de los eventos.

7.

Informar veraz y oportunamente los costos y tarifas de todos los servicios que hacen parte del evento.

8.

Extender a los clientes un comprobante que especifique los servicios contratados.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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