Identificación del riesgo relacionado con el Sisbén . La identificación del riesgo definido en el numeral 9.11 del artículo 9° del Decreto 028 de 2008, en lo relacionado con el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales, Sisbén, se realizará mediante listados definidos por el Departamento Nacional de Planeación remitidos antes del 30 de junio de cada año, a la Unidad Administrativa Especial de Seguimiento y Control, respecto de las entidades territoriales que: a) no dispongan de dicho sistema; b) no lo tengan actualizado, o c) cuyo sistema no esté operando bajo parámetros de calidad. En este evento, el Departamento Nacional de Planeación apoyará a la Unidad Administrativa Especial de Seguimiento y Control en la realización de auditorías cuando sea necesario.
Article 15
Identificación Del Riesgo Relacionado Con El Sisbén
Decreto 168 de 2009 · por medio del cual se dictan disposiciones en relación con el ejercicio de las actividades de monitoreo y seguimiento a que se refiere el Decreto 028 de 2008, en los sectores de educación, salud y en las actividades de inversión financiadas con recursos de propósito general y asignaciones especiales del Sistema General de Participaciones, se reglamentan las condiciones generales para calificar los eventos de riesgo que ameritan la aplicación de medidas preventivas o correctivas, y se dictan otras disposiciones.
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