°. El empleo de Director General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) tendrá derecho a percibir prima técnica, sin carácter salarial, equivalente al cincuenta por ciento (50%) de su respectiva asignación básica mensual, en los mismos términos y condiciones señalados en el Decreto 1624 de 1991 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen. El Director General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), podrá optar por la prima técnica por estudios de formación avanzada y experiencia altamente calificada, en los mismos términos y condiciones señalados en los Decretos 2164 de 1991, 1336 de 2003, 2177 de 2006 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan. La prima técnica, en este caso, es incompatible con la prima de dirección y se otorgará como un porcentaje de la asignación básica mensual y los gastos de representación. El cambio surtirá efecto una vez se expida por la autoridad competente el acto administrativo correspondiente.
Article 2
El Empleo De Director General De La Autoridad Nacional De Licencias Ambientales (Anla) Tendrá Derecho A Percibir Prima Técnica, Sin Carácter Salarial, Equivalente Al Cincuenta Por Ciento (50%) De Su Respectiva Asignación Básica Mensual, En Los Mismos Términos Y Condiciones Señalados En El Decreto 1624 De 1991 Y Demás Disposiciones Que Lo Modifiquen O Adicionen
Decreto 3672 de 2011 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial.
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