El Habilitado o Tesorero tendrá a su cargo todo lo relativo a la contabilidad, llevando los libros con escrupulosidad i esmero, formando, para que sean visadas por el Jefe i mandadas cubrir por el Secretario del Tesoro, las libranzas que corresponden a los inválidos segun su clase, i las cuentas que, para los otros gastos, demande el establecimiento.
Article 15
El Habilitado O Tesorero Tendrá A Su Cargo Todo Lo Relativo A La Contabilidad, Llevando Los Libros Con Escrupulosidad I Esmero, Formando, Para Que Sean Visadas Por El Jefe I Mandadas Cubrir Por El Secretario Del Tesoro, Las Libranzas Que Corresponden A Los Inválidos Segun Su Clase, I Las Cuentas Que, Para Los Otros Gastos, Demande El Establecimiento
Decreto 482 de 1877 · En ejecución de la lei 6a de 1877 (4 de marzo) por la cual se establecen cuarteles de inválidos
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.