Cuando los yacimientos se encuentren en regiones de difícil acceso que impliquen la necesidad de inversiones no relacionadas directamente con la explotación minera, o cuando el transporte sea particularmente onerosos en razón de las grandes distancias entre el lugar de producción y los centros de consumo o procesamiento o el puerto de embarque, el Gobierno podrá exonerar a la empresa beneficiara del pago de regalías por los primeros cinco (5) años del periodo de explotación, prorrogables hasta por un término igual al anterior.
Article 17
Cuando Los Yacimientos Se Encuentren En Regiones De Difícil Acceso Que Impliquen La Necesidad De Inversiones No Relacionadas Directamente Con La Explotación Minera, O Cuando El Transporte Sea Particularmente Onerosos En Razón De Las Grandes Distancias Entre El Lugar De Producción Y Los Centros De Consumo O Procesamiento O El Puerto De Embarque, El Gobierno Podrá Exonerar A La Empresa Beneficiara Del Pago De Regalías Por Los Primeros Cinco (5) Años Del Periodo De Explotación, Prorrogables Hasta Por Un Término Igual Al Anterior
Decreto 292 de 1968 · Por el cual se reglamenta la Ley 60 de 1967, y se dictan otras disposiciones relacionadas con la exploración y explotación de minerales
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