JurídicoESEN

Article 40

Decreto 230 de 2008 · por el cual se reglamenta la Ley 1152 de 2007 en lo relativo a la administración, tenencia y disposición de los terrenos baldíos nacionales, se establecen los procedimientos para su adjudicación, reserva, reversión y recuperación y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Solicitud de pruebas e inspección ocular. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que inicia el procedimiento, podrán los interesados aportar y solicitar las pruebas pertinentes y conducentes sobre la ocupación. En este procedimiento se practicará una diligencia de inspección ocular con intervención de peritos, si así lo solicitan los interesados y sufragan los gastos que demande la diligencia. Los ocupantes deberán consignar, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la ejecutoria del auto que ordene la inspección ocular, el valor que se determine en aquella providencia, como liquidación provisional anticipada que efectúe la Unidad. El saldo será cancelado una vez se hubiere realizado la liquidación definitiva de los gastos ocasionados como consecuencia de la práctica de la diligencia, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la ejecutoria del auto que la apruebe. Si los interesados no sufragan los gastos en los términos previstos, se entenderá que desisten de la actuación y la Unidad dispondrá oficiosamente que se lleve a cabo la inspección ocular, la que será practicada por dos (2) funcionarios expertos de la entidad, quienes no podrán pronunciarse sobre el avalúo de mejoras. En la providencia que ordene la realización de la inspección ocular, además de lo que fuere pertinente, se señalarán por la Unidad los asuntos o aspectos que deben ser objeto del dictamen, que permitan identificar claramente la indebida ocupación de las tierras baldías por las causales señaladas en este decreto, y se ordenará el avalúo de las mejoras, si a ello hubiere lugar. La Unidad podrá ordenar de oficio las pruebas que considere indispensables. La carga de la prueba corresponde a los particulares interesados, tanto en el procedimiento de que trata este capítulo como en la acción de revisión que se presente ante el Consejo de Estado, en los términos del artículo 163 de la Ley 1152 de 2007.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 230 de 2008