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Article 32

Subdirección De Seguridad Y Privacidad De Tecnologías De La Información

Decreto 2618 de 2012 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y se dictan otras disposiciones

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Subdirección de Seguridad y Privacidad de Tecnologías de la Información. Son funciones de la Subdirección de Seguridad y Privacidad de Tecnologías de la Información, las siguientes

1.

Liderar la implementación en el Estado de plataformas con estándares de seguridad y privacidad de la información en coordinación con las autoridades pertinentes.

2.

Definir, conjuntamente con las autoridades competentes, una estrategia de seguridad y privacidad de la información desde la perspectiva de la tecnología en las dimensiones de la protección de bienes, activos, servicios, derechos y libertades dependientes del Estado y que coordine las agencias y entidades público-privadas relacionadas con este fin.

3.

Elaborar una estrategia de seguridad de la información que soporte un marco normativo específico para las entidades del orden nacional y en coordinación con las entidades del orden territorial respetando la autonomía administrativa.

4.

Definir los lineamientos de política y estándares de protección de la información pública, para su preservación en situaciones de desastre.

5.

Identificar los activos dependientes del ciberespacio así como su regulación y definir el marco funcional y de responsabilidades en la materia, centrándose en la defensa de las infraestructuras críticas, el tejido empresarial y las libertades y derechos individuales, conforme a la ley vigente.

6.

Fomentar y reforzar la cooperación internacional en materia de ciberseguridad a través de alianzas multinacionales y bilaterales en la materia.

7.

Promover en la dinámica del Estado una cultura de la ciberresponsabilidad, basada en la concientización y formación continua en ciberseguridad, a través de planes de estudio que desarrollen teoría práctica aplicable en las organizaciones y provean empleo cualificado.

8.

Promover la investigación, el desarrollo y la innovación del Sector en materia de la ciberseguridad, que proporcione soluciones de tecnologías de la información requeridas por el Estado.

9.

Formular y liderar proyectos para identificar fortalezas y debilidades relacionadas con la estructura de la información tales como la innovación, adaptación y obsolescencia tecnológica para garantizar estándares de calidad y seguridad de la información en coordinación con la Subdirección de Gestión Pública de Tecnologías de la Información.

10.

Las demás que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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