Las Entidades Empresariales vigiladas por la Superintendencia de Sociedades por las causales de vigilancia contempladas en el artículo 2.2.2.1.1.1. del Decreto 1074 de 2015 (activos o ingresos), participantes en la reforma estatutaria que se encuentren bajo situación de control o pertenezcan al mismo grupo empresarial, siempre y cuando cumplan las siguientes condiciones: La situación de control o pertenencia al mismo grupo empresarial debe estar debidamente inscrita en el registro mercantil. La decisión de fusión o escisión debe haber sido adoptada de manera unánime por los asociados titulares de la totalidad de las acciones suscritas y en circulación. Los activos de las sociedades resultantes deben representar al menos el doble del pasivo. Los participantes deben cumplir con las disposiciones legales y las instrucciones de transparencia y revelación de información establecidas por la Superintendencia de Sociedades.
Circular 100-000020 de 2026 →In force
Article 5.4.1.2
Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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