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Article 18

Decreto 1693 de 1997 · por el cual se separa funcionalmente la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Comisión Nacional Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera. La Comisión Nacional Mixta de Gestión Tributaria y Aduanera será un órgano asesor para el desarrollo de los objetivos y funciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en cuanto a la facilitación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las operaciones aduaneras y cambiarias y la prevención y represión de las infracciones a los regímenes tributario, de aduanas y cambiario. Estará integrada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado quien la presidirá, Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, el Director de Impuestos, el Director de Aduanas, el Secretario General, quien ejercerá la Secretaría, delegados y representantes de los gremios y entidades interesados en los objetivos señalados. La comisión se reunirá mensualmente o por convocatoria especial del Ministro de Hacienda y Crédito Público, del Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales o por dos de sus miembros. Los Subdirectores de área asistirán según convocatoria que efectúe el Director General o el Secretario de la Comisión.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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