° El artículo 5° del Decreto 658 de 1993 quedará así: "Artículo 5° Los certificados expedidos por las cámaras de comercio, en desarrollo de su función pública de llevar el registro mercantil, tendrán los siguientes valores, independientemente del número de hojas de que consten
Matrícula mercantil $ 500.00
Existencia y representación legal, inscripción de documentos y otros $ 800.00”