Inmovilización o retención de equipos. Los literales a), c) y c) del artículo 49 de la Ley 336 de 1996, quedarán así: "Cuando se compruebe que el equipo no cumple con las condiciones técnicas establecidas por la autoridad competente. Cuando se compruebe la inexistencia, alteración, vencimiento, o no porte de los documentos que sustentan la operación del equipo y solo por el tiempo requerido para clarificar los hechos. Cuando se compruebe que el equipo no reúne las condiciones técnico-mecánicas requeridas para su operación, o se compruebe que presta un servicio no autorizado. En este último caso el vehículo será inmovilizado por un término hasta de tres (3) meses."
Decreto 1122 de 1999 →Struck down
Article 324
Decreto 1122 de 1999 · Por el cual se dictan normas para suprimir trámites, facilitar la actividad de los ciudadanos, contribuír a la eficiencia y eficacia de la Administración Pública y fortalecer el principio de la buena fe
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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