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Article 2

Adicionar Un Parágrafo Al Artículo 7° Del Decreto 2195 Del 18 De Octubre De 2001, El Cual Quedará Así: “parágrafo Transitorio: A Más Tardar El 10 De Marzo De 2004, Los Alcaldes De Los Municipios De Zona De Frontera, En Cumplimiento De Las Funciones Delegadas En Estas Materias, Enviarán –Con Destino A La Unidad De Planeación Minero Energética, Upme, Una Certificación En La Que Se Señalen Las Estaciones De Servicio De Su Jurisdicción Que A La Fecha Cumplen Con La Totalidad De Los Requisitos Establecidos En El Decreto 1521 Del 4 De Agosto De 1998 O En Las Normas Que Lo Modifiquen, Adicionen O Deroguen, Indicando –Además– La Capacidad De Almacenamiento De Combustibles Líquidos Derivados Del Petróleo De Cada Uno De Las Estaciones De Servicio”

Decreto 562 de 2004 · por el cual se modifican transitoriamente los artículos 4° y 7° del Decreto 2195 del 18 de octubre de 2001.

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01

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°. Adicionar un

Parágrafo

al artículo 7° del Decreto 2195 del 18 de octubre de 2001, el cual quedará así: “

Parágrafo transitorio

A más tardar el 10 de marzo de 2004, los alcaldes de los municipios de Zona de Frontera, en cumplimiento de las funciones delegadas en estas materias, enviarán –con destino a la Unidad de Planeación Minero Energética, UPME, una certificación en la que se señalen las estaciones de servicio de su jurisdicción que a la fecha cumplen con la totalidad de los requisitos establecidos en el Decreto 1521 del 4 de agosto de 1998 o en las normas que lo modifiquen, adicionen o deroguen, indicando –además– la capacidad de almacenamiento de combustibles líquidos derivados del petróleo de cada uno de las estaciones de servicio”.

Parágrafo

Los alcaldes que –dentro del término señalado en el numeral 7, artículo 3° del Decreto 2014 de 2003– hubiesen enviado en forma completa y con destino a la UPME las certificaciones correspondientes, no tendrán que remitir las mismas nuevamente.

Parágrafo

Artículo 7 DECRETO 2195 de 2001

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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