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Article 8.72

Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Prohibiciones especiales para los clubes organizados como corporaciones o asociaciones. Transcurrido 6 meses contados desde la entrada en vigencia de la Ley 1445 de 2011, esto es, a partir del 12 de noviembre de 2011, ninguna persona natural o jurídica tendrá derecho a más de un voto, sin importar el número de títulos de afiliación, aportes o derechos que posea. En consecuencia, se aplicará íntegramente el régimen contenido en el Código Civil para las asociaciones y corporaciones, salvo para los casos de insolvencia en los cuales la Ley 1445 de 2011 remite directamente a la Ley 550 de 1999. Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 Circular externa TÍTULO VII ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EXTRANJERAS CON NEGOCIOS PERMANENTES O QUE DESEEN DESARROLLAR SU OBJETO SOCIAL EN COLOMBIA

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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