° El seguro sobre el cual versa este Decreto, tiene por objeto cubrir la muerte o los daños corporales físicos causados a las personas y los gastos que se deban sufragar por atención médica, quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria o funeraria, originados en accidentes producidos por vehículos automotores asegurados, en las condiciones y dentro de los límites indicados en este Decreto y en la respectiva póliza de seguros. Quedan excluidos de esta cobertura los siniestros ocurridos fuera del territorio nacional o en competencias automovilísticas deportivas, realizadas en vías que no sean de uso público.
Article 4
El Seguro Sobre El Cual Versa Este Decreto, Tiene Por Objeto Cubrir La Muerte O Los Daños Corporales Físicos Causados A Las Personas Y Los Gastos Que Se Deban Sufragar Por Atención Médica, Quirúrgica, Farmacéutica, Hospitalaria O Funeraria, Originados En Accidentes Producidos Por Vehículos Automotores Asegurados, En Las Condiciones Y Dentro De Los Límites Indicados En Este Decreto Y En La Respectiva Póliza De Seguros
Decreto 2544 de 1987 · por el cual se reglamentan los artÃculos 115 y 116 de la Ley 33 de 1986 (artÃculos 259 y 260 del Decreto-ley 1344 de 1970) y 3º de la Ley 16 de 1979.
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