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Article 8

O

Decreto 2136 de 1992 · por el cual se reestructura el Instituto de Mercadeo Agropecuario -IDEMA-.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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ARTICULO 8o . Fondo de Compra de Cosechas Nacionales. - El Fondo de Compra de Cosechas Nacionales continuará funcionando como una cuenta especial del IDEMA, sujeto a las siguientes reglas

1.

Sus recursos estarán conformados por los que actualmente tiene el IDEMA contabilizados y aquellos que se le apropien en el presupuesto nacional y en el presupuesto del IDEMA;

2.

Los recursos del Fondo se destinarán exclusivamente a la adquisición de productos provenientes de las cosechas nacionales, adecuación, almacenamiento, transporte, proceso y distribución de tales productos y adquisición y mantenimiento de equipos e infraestructura física para la comercialización;

3.

Los gastos operativos y administrativos que origine la actividad del Fondo serán con cargo a sus propios recursos;

4.

Las operaciones del Fondo se registrarán mediante contabilidad separada a partir del 1o. de julio de 1993 y ella comprenderá toda la actividad comercial del Fondo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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